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Tanto en tiempo de conflicto armado como en el periodo posterior a los desastres, la prevalencia de la violencia sexual y de género entraña un problema humanitario fundamental que requiere atención e intervención. Si el Movimiento aprovecha sus elementos distintivos y su capacidad de intervención efectiva, puede sumar su voz clara y fidedigna a los llamamientos a que se reconozca el carácter absolutamente inaceptable de la violencia sexual y de género en las emergencias humanitarias y se adopten medidas claras para la reducción y la erradicación de ese problema previsible y prevenible.

En los conflictos armados y otras situaciones de violencia

El derecho internacional humanitario y el derecho de los derechos humanos prohíben la violencia sexual contra las mujeres, los hombres, los niños y las niñas en los conflictos armados y otras situaciones de violencia. La Conferencia Internacional constituye el foro ideal tanto para recordar a los Estados la prohibición estricta de esos actos, en particular en virtud de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales, como para poner de manifiesto diversos mecanismos nacionales que los Estados deben abordar de manera integral completa para hacer frente a este acuciante problema humanitario.

La elaboración de una resolución convenida, fundada no solo en un análisis jurídico riguroso sino también en la experiencia operativa de los componentes del Movimiento en la lucha contra la violencia sexual en situaciones de conflicto y violencia y la prestación de asistencia a las víctimas, constituirá la siguiente etapa necesaria en la labor dirigida a asegurar la dignidad de todas las personas durante las emergencias humanitarias.

En las situaciones de emergencia

En el transcurso de las situaciones de emergencia –las cuales incluyen los desastres, las emergencias sanitarias y el desplazamiento– y en el periodo posterior a estas, raramente se destaca la violencia de género como un problema. Cuando se presta atención a ese fenómeno, se centra la atención en la violencia sexual y no se concede visibilidad a otras formas de violencia, como el matrimonio precoz, la trata, la violencia doméstica y la explotación y el abuso sexual. Esa falta de atención a la violencia de género en situaciones de emergencia contribuye a reducir la financiación de actividades de prevención e intervenciones que resultan cruciales.

En situaciones de emergencia, se intensifica la violencia de género debido a un cúmulo de perturbaciones, incluidas el desmoronamiento de los sistemas de protección, las múltiples presiones sobre las personas y las comunidades, el hacinamiento y la inseguridad, que propician el abuso de poder por parte de ciertas personas. Quienes ya eran vulnerables a la violencia de género se exponen a un riesgo agravado: se ven afectados por la emergencia y sus consecuencias, el riesgo de violencia de género y la estigmatización, la falta de atención de salud, protección y servicios apropiados, en el caso de que busquen asistencia.

Se invitará a los miembros de la Conferencia Internacional a que examine los resultados de los estudios y las consultas que se efectuarán a principios de 2015 por la Federación Internacional, determine las iniciativas locales en curso y aliente a los agentes locales y nacionales a que adopten medidas inmediatas para prevenir la violencia de género y luchar contra esta en las actividades de preparación para emergencias, intervención a raíz de estos y recuperación posterior.

Durante la Conferencia Internacional, se invitará también a los miembros a examinar un proyecto de resolución en que se concede a la Federación Internacional un mandato para que prosiga la labor sobre este tema e informe al respecto en la XXXIII Conferencia Internacional, que se celebrará en 2019.

Los proyectos de resolución

Informes